000 01449nam a2200181Ia 4500
999 _c8246
_d8246
005 20241205181558.0
008 230606s9999 xx 000 0 und d
040 _aUPAN
_cBiblioteca San Vicente
_eRCAA2
041 _aspa
082 _a347.077
_bC678s
_c2004
110 _aCorte Suprema de Justicia
245 0 _aSentencia de la inconstitucionalidad de la Ley Antimaras/
_bCorte Suprema de Justicia
260 _aEl Salvador;
_bCorte Suprema de Justicia,
_c2004
300 _a225 p.:
_c22 cm.
505 _aLa presentación que se formula independientemente de las circunstancias históricas en que se pronuncia la sentencia y de las interpretaciones que se plantean al respecto, pretende no solo dar a conocer el simple texto de los razonamientos fundamentales del fallo, sino también dejar, dejar constancia inequívoca de lo siguiente: 1º la misión del tribunal constitucional es velar y hacer prevalecer la constitución ateniéndose a su texto, cuales quieran fueren las leyes, decretos, ordenes o resoluciones que la contraríen, habida cuenta que los principios, derechos y obligaciones por las leyes que regulen su ejercicio, 2º el fallo en cuestión no debe ser interpretado por nadie, como una especie favorable a la impunidad de criminales organizados o de oposición al combate de ciertas conductas conocidamente tendenciosas, para crear o fomentar inseguridad en la población.
650 _2LEMB
_aDerecho penal
942 _cBK
_2ddc