000 01525nam a2200181Ia 4500
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005 20231021151525.0
008 231020s9999 xx 000 0 und d
040 _aUPAN
_cBiblioteca San Vicente
_eRCAA2
041 _aspa
082 _a327.05
_bC334a
_c2003
100 _aCader Camilot, Aldo Enrique
_4aut.
245 0 _aEl amparo en El Salvador:
_b un abordaje desde la óptica procesal /
_cAldo Enrique Cader Camilot
260 _aEl Salvador:
_bCorte Suprema de Justicia,
_c2003
300 _a47 p.;
_c21 cm.
505 _aLa Sala de lo constitucional de la corte Suprema de Justicia de El Salvador tiene, entre sus competencias jurisdiccionales, la facultad de concocer tres proceso de amparo. El primero de ellos, de acuerdo al Art. 11 de la Constitución de la República, puede ser incoado por toda persona cuando cualquier autoridad o individuo restrinja ilegalmente su libertad personal o física. El segundo, el de inconstitucional, de acuerdo al Art. 183 de la Constitución, es aquel proceso que puede ser iniciado por cualquier ciudadano cuando considere que se ha emitido alguna ley, decreto o reglamento contrario -en su forma o contenido- a la Constitución. Por último, el proceso de amparo, es aquel que, de acuerdo al artículo 247 de la Constitución, puede iniciar toda persona cuando crea que se le han violado los derechos que le otorga aquélla; por supuesto, con supuesto, con exclusión del derecho a la libertad personal.
650 _2LEMB
_aRecursos de Amparo
_zEl Salvador
942 _cBK
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